DETENCIONES ARBITRARIAS
Derechos truncados
Para algunos grupos policiacos todas
las personas son culpables hasta en tanto no demuestren lo contrario;
detienen arbitrariamente en lugar de privilegiar la investigación
científica para aprehender personas; se atenta contra el principio
de presunción de inocencia, denuncian defensores de derechos humanos
Guillermo Gallardo
Segunda parte
En Sinaloa la presunción de inocencia
no existe.
Para algunas corporaciones policiacas
todos son culpables hasta que no se demuestre lo contrario y en
muchas ocasiones detienen de manera arbitraria en lugar de
privilegiar la investigación científica para aprehender personas.Abogados y representantes de las comisiones de derechos humanos coinciden en que las detenciones arbitrarias son una realidad en el estado.
El Gobernador Mario López Valdez plasmó en su Plan Estatal de Desarrollo que uno de los objetivos principales en la procuración de justicia es lograr una justicia cercana, comprensible y humana.
“Nos proponemos impulsar una investigación profesional, eficiente, eficaz, pronta, científica y tecnológica de los delitos, que con absoluto respeto a la ley y los derechos humanos opere en un modelo de justicia acusatoria”, establece el PED.
Sin embargo, a un año y casi tres meses de gobierno, agentes de la Estatal Preventiva y la Ministerial del Estado aún realizan actos violatorios a los derechos humanos, trasgrediendo leyes internacionales, nacionales y locales al actuar de manera arbitraria en sus aprehensiones.
Incluso, llegan en algunos casos hasta los golpes y actos de tortura, según denuncias realizadas ante las comisiones de derechos humanos.
Tampoco se han aprobado las reformas necesarias para establecer un modelo de justicia acusatorio con juicios orales.
Los casos más recientes de violaciones a derechos humanos son los denunciados en Navolato y Cosalá donde existen al menos 16 quejas contra la PEP y la PME en las que señalan actos ilegales por parte de policías durante la detención de personas.
El Secretario de Seguridad, Francisco Córdova Celaya, asegura que no tiene nunguna queja de la CEDH en contra de la policía estatal de 2011 y 2012, sólo tiene tres recomendaciones de 2010.
“Constantemente les damos capacitación a los policías para que siempre esté en la mente de ellos los derechos humanos y como manejar situaciones para sectores en riesgo”, asevera.
Falta investigación científica
Juan José Ríos Estavillo, presidente
de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, asegura que las
detenciones arbitrarias atentan contra el principio de presunción de
inocencia.
“Implica una falta de capacidad
científica por parte de la autoridad para poder identificar, con
elementos fehacientes, aquellas causas que conllevan a una
detención”, manifiesta.El ombudsman dice que las autoridades tienen la atribución, de acuerdo a la ley, para poner bajo resguardo a personas en el momento en que se está llevando a cabo un ilícito.
Agrega que cuando el Gobierno no logra aprehender en flagrancia utiliza una figura llamada orden de presentación y/o localización, sustentándose ante la posible identidad de un posible responsable, sin contar con elementos suficientes para que el juez dicte una orden de aprehensión.
“Nosotros hemos emitido ya diversas recomendaciones entre las cuales hemos venido señalando que esas denominadas órdenes de presentación no se sustentan en la Constitución; no existe una disposición constitucional que de manera expresa autorice a las autoridades a llevar este tipo de actos”, añade.
Además, agrega que denunciar detenciones arbitrarias no indica que la CEDH sea partidaria de la impunidad.
“Tampoco somos partidarios de que la autoridad deje de investigar las posibles comisiones de ilícitos, pero sí requerimos que los procesos de investigación cumplan con los parámetros e indicadores de cientificidad y con las pautas de legalidad”, expresa.
Ríos Estavillo manifiesta que no hay justificación para que las corporaciones y MP actúen de manera ilegal.
Leonel Aguirre Meza, presidente de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos, coincide en que es una práctica común la detención arbitraria de personas, la cual no está establecida en la ley.
Dice que no sólo los aprehenden de manera ilegal, sino que en algunos casos los golpean y los torturan, mientras que en otros llega hasta la “siembra” de evidencias como armas y drogas.
“Hay quejas fuertes contra la Policía Élite en Navolato, no sólo por la 'siembra' de evidencias, sino también por el término para presentar a una persona, no sólo en horas, sino hasta en días; lo grave aquí es que el MP y los juzgados no toman en cuenta eso al calificar como legales las detenciones”.
Agrega que en el municipio cañero se practica todo tipo de ilegalidades, desde la fuerza excesiva, golpes e incluso investigan una casa donde se dice que torturan a la gente.
“Es demasiada evidencia para quedarnos callados; la gente cree que defendemos delincuentes, pero no, lo que pasa es que si no denunciamos los actos ilegales, las cosas se van a poner peor”, cita.
Aguirre Meza indica que a un presunto delincuente lo convierten en víctima cuando le violan sus derechos humanos y de esta forma no se aplica la justicia porque en un procedimiento de amparo lo pueden dejar libre.
Demanda de la autoridad que se cumplan los principios de legalidad para que pueda haber justicia.
El doctor en derecho constitucional, Gonzalo Armienta Hernández, asegura que no solamente las policías locales practican las detenciones arbitrarias, sino que son las de todo el país.
“Es una política desarticulada de un Presidente de la República que lo único que hizo en su sexenio fue propiciar violaciones contundentes a los derechos humanos sin poder mínimamente controlar la gran violencia que vivimos”.
Expone que es una lucha con personas con poca capacidad para la investigación, que privilegian los supuestos resultados en lugar del respeto a la dignidad y los derechos del hombre.
“Todo es muestra de una lucha contra la criminalidad sin inteligencia y de una desesperación de las autoridades”, añade.
Lo que sucede con esto, dice, es que la presunción de inocencia no existe.
“Eso es presunto culpable y no presunto inocente y todos sabemos que la presunción de inocencia en nuestro país no existe...”, puntualiza.
'Eran usanzas antiguas'
Rosa Icela Medina, presidenta del
colegio de abogados Juan M. Zambada, lamenta que no se haya
erradicado aún la detención arbitraria.
“No se ha erradicado todavía, sobre
todo en el Ejército quienes realizan cateos violando la ley porque
no hay una orden real de cateo, sólo algún tipo de investigación,
pero sin orden alguna entran y se llama allanamiento de morada”.Asevera que es muy penoso que este tipo de situaciones se esté dando aún, porque eran usanzas antiguas.
Llama a las autoridades a realizar una investigación científica para detener con órdenes de aprehensión.
El procedimiento dice que lo puedes citar con una orden de presentación, pero tienen que presentarlo inmediatamente ante la autoridad, no llevarse a “pasear” a los detenidos .
“Es un acto arbitrario, fuera de la ley si se da este tipo de detenciones, porque estaríamos hablando de que todos somos culpables hasta en tanto no demostremos la inocencia, lo contrario de la presunción de inocencia”, considera.
Para Nirvando Zamora, presidente del colegio de abogados Ignacio Burgoa Orihuela, son el Ejército y la Marina las que a veces se extralimitan y entran a las casas tumbando puertas cuando hasta el presunto delincuente tiene garantías.
“No hay una investigación científica correcta; vamos avanzando, pero falta mucho por hacer, agrega.
Los abogados y defensores de derechos humanos coinciden en la necesidad de que el Gobierno respete los derechos de las personas, se erradiquen las detenciones arbitrarias y la tortura y que la investigación del delito se dé bajo aspectos científicos y legales, para acabar así como la impunidad que prevalece en Sinaloa.
RECUADROS
Plan Estatal de Desarrollo
En su apartado de Procuración de
Justicia, el PED de Mario López Valdez establece como objetivo:
Proveer una justicia cercana,
comprensible y humana. Nos proponemos impulsar una investigación
profesional, eficiente, eficaz, pronta, científica y tecnológica de
los delitos, que con absoluto respeto a la ley y los derechos humanos
opere en un modelo de justicia acusatoria.
El arraigo
Fue incorporado a la Constitución en
2008.La Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos afirma que el arraigo es una detención arbitraria porque no persigue declarar si una persona es inocente o culpable, sino privarla de la libertad para conseguir información que pueda ser valiosa para la investigación penal, es decir, no se investiga para arraigar sino que se arraiga para investigar. Viola los derechos humanos.
(Tomado del libro No más
'Pagadores', de Marco Lara Klahr)
Presunción de inocencia
Principio del proceso penal consignado
en el artículo 20 Constitucional que establece que toda persona debe
ser considerada inocente hasta que se demuestre su culpabilidad por
medios legales, a través de un juicio público y respetando el
debido proceso.
(Tomado del libro No más
'Pagadores', de Marco Lara Klahr)
De los Derechos Humanos y sus
Garantías:
Artículo 1 Constitucional.
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar,
proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Frases
“Implica una falta de capacidad
científica por parte de la autoridad para poder identificar, con
elementos fehacientes, aquellas causas que conllevan a una
detención”.
Juan José Ríos Estavillo
Presidente de la Comisión Estatal
de Derechos Humanos
“Hay quejas fuertes contra la
Policía Élite en Navolato, no sólo por la 'siembra' de evidencias,
sino también por el término para presentar a una persona, no sólo
en horas, sino hasta en días...”
Leonel Aguirre Meza
Presidente de la Comisión de
Defensa de los Derechos Humanos
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