Heridas abiertas
Aumenta impunemente la desaparición de
personas frente al Estado que poco o nada hace por investigar los
casos; cientos de familias esperan el regreso de sus seres queridos
Guillermo Gallardo
Primera de dos partes(Publicado en el periódico Noroeste Culiacán)
En Sinaloa desaparecen a las personas
con entera facilidad e impunidad.
Nadie para a la delincuencia organizada
que no solamente está matando a los sinaloenses, sino que también
practica la desaparición forzada.
Este fenómeno se ha incrementado
exponencialmente en el estado y es una acción que utilizan grupos
armados para obtener información, por venganza o simplemente para
amedrentar y acabar con sus enemigos.
Inicia con la privación ilegal de la
libertad con lujo de fuerza y violencia, utilizando armas de alto
poder y vehículos robados, para luego trasladar a las víctimas a
casas de “seguridad” donde les practican todo tipo de tortura.
Muchas de ellas mueren durante el
proceso, otras, tras ser heridas hasta el cansancio, terminan por
cruzar esta etapa, aunque con el mismo desenlace fatal. Pocas, muy
pocas logran salir con vida de este trance.
Pero en la “redada” delincuencial,
también se llevan a personas inocentes.
De acuerdo con datos de las
corporaciones federales y organismos de derechos humanos, el narco
utiliza diferentes “técnicas” para no dejar rastros: algunas son
incineradas, otras desintegradas en ácido, algunas más enterradas
en fosas clandestinas, o tiradas al mar, entre otras formas.
Así, cientos de familias inician el
vía crucis en busca de sus seres queridos, pues el dolor de no
encontrarlos se vuelve una herida que no sana hasta no saber dónde y
cómo están: vivos o muertos.
Viven en silencio su pesar. Impotentes
claman por tener, algún día, datos que los lleven a encontrar a las
víctimas.
Pero muchos, ante el clima de
violencia, prefieren callar.
A pesar de todo, la persona
desaparecida permanece indeleble en la memoria familiar.
Quienes se atreven a romper las cadenas
del silencio, enfrentan una nueva barrera ante la Procuraduría
General de Justicia del Estado, que presta oídos sordos a los
reclamos de justicia. Sin embargo, lo más grave es que la
desaparición forzada ni siquiera está tipificada como delito en el
Código Penal del Estado.
'Aumento brutal'
En Sinaloa, la Comisión de Defensa de
los Derechos Humanos tiene documentadas de 2007 a 2011 un total de
253 desapariciones forzadas, pero estiman que son muchas más debido
a que algunas familias prefieren no presentar la denuncia formal por
temor a represalias.
Tan sólo este año, se tienen reportes
oficiales de 41 casos.
El Grupo de Trabajo sobre
Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU, a principios de
este año reveló que en México, durante el sexenio de Felipe
Caldeón ha crecido este delito y reportó que hay más de 3 mil
casos, aunque la CDDH asegura que la cifra llega ya a los 5 mil.
La Procuraduría General de Justicia
del Estado en su página web publica un total de 295 desaparecidos en
Sinaloa, de las cuales 14 han sido encontrados muertos y 21 fueron
localizados.
Cabe aclarar que en la lista hay
personas que no precisamente han sido objeto de desaparición
forzada, además, muchos de los casos no son denunciados
oficialmente.
“La dinámica de crecimiento de las
desapariciones forzadas es exponencialmente brutal”, asegura Leonel
Aguirre Meza, presidente de la CDDH.
“Es una muerte doble porque la
esperanza de volverlos a ver se convierte en un dolor terrible por la
incertidumbre de no saber dónde están, incluso, muchos familiares
nos dicen que prefieren encontrarlos aunque sea muertos porque así
van a saber dónde están, los van a velar y enterrar”, señala.
La CDDH establece tres etapas de
desapariciones forzadas, la primera de ellas fue de 1975 a 1979
cuando desaparecen a 42 jóvenes sinaloenses, y 530 a nivel nacional
por motivos políticos, realizadas por el Estado mexicano.
“La primera se distinguió por el
activismo del Estado mexicano en la práctica de la desaparición y
el perfil de activistas sociales de la inmensa mayoría de las
víctimas”, expresa un informe de la CDDH.
La segunda tiene que ver con la lucha
del Ejército contra el narcotráfico durante la Operación Cóndor
de 1994 a 2003, con 87 casos registrados en el estado y un número
indeterminado a nivel país.
En esta etapa se registraron casos
donde testigos de los hechos y familiares señalan a las autoridades
locales, estatales y nacionales como presuntos responsables de la
desaparición, y el resto es atribuido a particulares, destaca.
Y la tercera, de 2007 a 2011,
practicada tanto por el Estado como por la delincuencia organizada.
“La etapa que estamos viviendo tiene
una connotación especial porque el número estimado de
desapariciones es mayor de 5 mil ciudadanos, por el entorno de
violencia generado por el crimen organizado, por las acciones del
Estado mexicano en el combate al crimen y por la opacidad con que se
ha conducido en ellas”, indica Aguirre Meza.
Las diferencias
A partir de 1975 se inició una ola de
desapariciones forzadas de jóvenes estudiantes activistas de
izquierda y algunos miembros guerrilleros de la Liga Comunista 23 de
Septiembre que buscaban por la vía armada el cambio de régimen de
gobierno.
La represión del Estado fue en aumento
hasta llegar a más de 42 en toda la entidad.
Ante el desespero de las madres por
saber dónde estaban sus hijos, el 7 de abril de 1978 se formó la
Unión de Madres con Hijos Desaparecidos de Sinaloa, que marcó época
en su lucha contra los abusos del poder.
Desde entonces no han renunciado a su
exigencia original, aunque ya no realizan manifestaciones ni
plantones contra el Gobierno porque las señoras tienen entre 77 y 86
años... Pero el reclamo es el mismo desde la década de los 70:
¿dónde están sus hijos?, pregunta que no ha sido respondida por
las autoridades.
Una de las principales activistas y
fuente de inspiración para esta lucha fue Jesús Caldera de Barrón,
quien empujó la organización en busca de los jóvenes, sin embargo,
murió el 15 de junio de 2006 a la edad de 79 años, sin poder saber
nada de su hijo José Barrón Caldera.
“Pero la lucha continúa desde
trincheras diferentes”, asegura Martha Alicia Camacho Loaiza, quien
asumió la dirigencia de la Unión de Madres con Hijos Desaparecidos
al fallecer doña Chuyita.
Camacho Loaiza expone que hay
diferencias y coincidencias entre las desapariciones forzadas de los
70 y las que se están cometiendo actualmente.
La diferencia es que la de los 70 las
desapariciones fueron unicamente por cuestiones políticas y eran
perseguidos por el Gobierno, mientras que las actuales las cometen
particulares, manifiesta, aunque el Gobierno también aprovecha las
confusiones de la lucha antinarco para también “levantar”
personas.
Además, indica, las investigaciones
actuales que se realizan no llegan a ningún resultado como en el
pasado.
Asegura que no hay resignación en la
familia cuando se tiene un pariente desaparecido.
“Es una herida abierta y un duelo que
no termina, mientras que no vivan el proceso de la muerte”, afirma.
La desaparición forzada constituye una
violación de derechos humanos especialmente cruel, que afecta tanto
a la persona desaparecida como a su familia y amistades, expone
Amnistía Internacional.
“Las familias no saben si su ser
querido volverá algún día, por lo que no pueden llorarle y hacerse
a la pérdida”, indica.
¿Y la legislación?
En Sinaloa, la desaparición forzada no
es un delito porque no está tipificada en el Código Penal. Sólo se
le toma como privación ilegal de la libertad.
“Como fenómeno es algo preocupante
porque nuestra autoridad no le ha puesto atención debidamente ni
para prevenir, ni investigar, ni sancionar, menos erradicar el
problema. Es tan grave que ni siquiera está considerda como delito”,
expone Aguirre Meza.
Cuando ocurre un caso de esta
naturaleza, la autoridad le da un sesgo de privación ilegal de la
libertad, y para perseguir el delito tienen que pasar 72 horas del
hecho.
“El Gobierno le da tiempo a los
maleantes a que hagan y deshagan con el que se llevan porque no
actúan al inicio, cuando son las primeras horas las más importantes
para dar con el paradero”, denuncia Alma Rosa Rojo Medina, hermana
de Miguel Ángel, desaparecido en 2009.
Además, puntualiza el dirigente de la
CDDH, la diferencia también estriba en que la privación ilegal de
la libertad la cometen los particulares y en la desaparición forzada
la pueden realizar las autoridades, o los particulares con el
consentimiento de ellas.
A nivel federal fue tipificado como
delito el 1 de junio de 2001 en el artículo 215-A del Código Penal,
pero restringe la autoría del crimen a servidores públicos,
quedando fuera terceras personas que pudieran cometerlo, como
actualmente se estila.
El Artículo 215-A señala: “Comete
el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público
que, independientemente de que haya participado en la detención
legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga
dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención”.
Pero a pesar de ello, no hay una
reglamentación específica.
“El grupo de Trabajo de la ONU estuvo
en México y nos dio una orientación en el sentido de exhortar al
país a que legisle sobre desapariciones forzadas”, expresa el
ombudsman de Sinaloa.
Se debe legislar, no sólo ponerlo como
delito, sino decir como prevenirlo, investigarlo, sancionarlo,
erradicarlo e incluso cómo debe repararse el daño a las víctimas,
entre las que está el pedir perdón a las familias y resarcir daños,
subraya.
En cuanto a las legislaciones estatales
en esta materia, sólo Aguascalientes, Chiapas, Chihuahua, Durango,
Distrito federal, Guerrero, Oaxaca y Zacatecas tienen disposiciones
locales sobre desapariciones forzadas, mientras que el resto, donde
está Sinaloa, no las han incorporado.
El informe sobre Desapariciones
Forzadas 2011, presentado por organizaciones integrantes de la
Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada ante el Grupo de
Trabajo sobre Desapariciones forzadas o Involuntarias de la ONU
demanda al Gobierno promulgar una Ley General Contra la Desaparición
Forzada de Personas, que garantice la prevención, sanción y
erradicación de esta práctica.
También pide reformar el árticulo 215
del Código Penal para armonizar el tipo penal a los más altos
estándarse internacionales en la materia.
“Las desapariciones han proliferado.
Entre las personas desaparecidas hay muchas que la prensa nacional
registra como víctimas de 'levantones' y que por lo regular no son
sujetas de investigación policial para determinar los autores
materiales e intelectuales de la desaparición. Se han documentado
numerosos casos”, revela el informe.
Mientras que las crifas aumentan, las
autoridades poco han hecho por encontrar a los desaparecidos.
La impunidad reina en Sinaloa.
Presentarán iniciativa
La Comisión de Defensa de los Derechos
Humanos presentará ante el Congreso del Estado el 10 de diciembre,
Día Internacional de los Derechos Humanos, una iniciativa de Ley de
Desapariciones Forzadas.
Por lo regular no
los encuentran: AI
Es muy frecuente que las personas
desaparecidas jamás sean liberadas, y que su suerte nunca llegue a
esclarecerse. Sus familias y amistades en muchos casos jamás llegan
a saber qué les sucedió, expone Amnistía Internacional a través
de su página amnesty.org.
Violaciones
Las desapariciones forzadas violan
derechos humanos:
-- El derecho a la seguridad y la
dignidad de la persona.
-- El derecho a no sufrir tortura o
trato o pena cruel, inhumano o degradante.
-- El derecho a unas condiciones
humanas de reclusión.
-- El derecho a una personalidad
jurídica.
-- El derecho a juicio justo.
-- El derecho a la vida familiar.
-- Cuando la persona desaparecida es
asesinada, el derecho a la vida.
El delito
En Sinaloa la desaparición forzada se
tipifica con privación ilegal de la libertad en el Código Penal:
Artículo 164. Al particular que
ilegalmente prive a otro de su libertad personal, se le aplicará
prisión de 2 a 6 años y de 80 a 250 días de multa.